La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para que las empresas que rectificaron pérdidas contables computadas incorrectamente puedan adherirse al plan de facilidades de pago vigente.
📆 La nueva fecha límite será el 28 de noviembre de 2025, reemplazando la anterior del 31 de octubre, según lo dispuesto por la Resolución General 5767/25, publicada en el Boletín Oficial.
Plan de pagos por inconsistencias en quiebras
El programa fue incorporado en agosto con el objetivo de reducir la litigiosidad y permitir que los contribuyentes regularicen saldos del Impuesto a las Ganancias derivados del cómputo incorrecto de quebrantos o del uso de estos a valores históricos.
Podrán acceder al plan las firmas que:
- Hayan actualizado quebrantos en 2023 o años anteriores.
- Tengan previsto ajustarlos en su período fiscal 2024 y lo hayan manifestado formalmente.
📊 Beneficios y condiciones
El plan permite cancelar la deuda en hasta 120 cuotas, con un pago a cuenta del 2% del total y una cuota mínima de $500.000.
La deuda a regularizar puede incluir impuesto, intereses y multas relacionadas.
Entre las ventajas, se redujo el porcentaje del pago a cuenta del 3% al 2%, y se permite refinanciar planes vigentes sin abonar nuevamente ese anticipo.
Las empresas deberán presentar la declaración jurada original o rectificativa, revirtiendo el quebranto y retrotrayendo las compensaciones efectuadas.
Las adecuaciones ya están disponibles en el sistema informático “Mis Facilidades”.
🔗 Fuente: Somos Pymes – Prorrogan el plazo para adherirse al plan de pagos por inconsistencias en quiebras